Con el final del año 2020 ponemos punto y final a uno de los años más duros que nos ha tocado vivir. Después de las fiestas, es el momento de ponernos manos a la obra con las declaraciones fiscales anuales para las pymes y autónomos.
Declaraciones Fiscales anuales
Enero se convierte en un mes en donde las empresas y autónomos tienen que realizar infinidad de trámites, plazos y formas de formularios. En estas fechas, toca cerrar el último trimestre del año y los resúmenes anuales.
Después de un un año complicado, no debemos pasar por alto todos los trámites y convertir un 2020 en una pesadilla de la que debemos salir, pensando que el 2021 vendrá con muchos obstáculos a los que tenemos que volver a hacer frente.
Los dos documentos que se deben presentar son el Modelo 390 y el Modelo 190, la declaración del IVA y la del IRPF. Es muy importante cubrirlos bien para encajen a la perfección. De lo contrario, es un motivo para la revisión por la Agencia Tributaria y no queremos que esto suceda.
En Asesoría Aepo sabemos que necesitas de nosotros y por eso ponemos todos los medios de los que disponemos para que todos estos trámites no los tengas que hacer tú.
Declaraciones trimestrales
Las declaraciones trimestrales te resultarán familiares. Tenemos que hacer cuatro por año y la fecha límite para enviar el cuarto trimestre es a finales de Enero. Según el tipo de modelo que más te convenga tendremos hasta el 20 de enero o hasta el 1 de febrero.
Nuestro consejo es presentarlo todo antes del día 20 y así evitarás posibles descuidos y prisas de última hora. Te dejamos un resumen de los principales documentos que se deben aportar a lo largo del mes de enero. Si necesitas más información, puedes consultar con nuestro personal.
Fecha límite: 20 de enero
Modelo 111: este es el formulario necesario si estás facturando con deducción a otras empresas o autónomos.
Modelo 115: si dispone de un alquiler para realizar su actividad, con este modelo se declara la deducción correspondiente.
Modelo 123: es la declaración de capital mobiliario y determinadas rentas.
Modelo 368: Este documento le resultará familiar si tiene una empresa de telecomunicaciones que ofrece servicios o productos a clientes europeos.
Fecha límite: 1 de febrero
Modelo 303: declaración trimestral de la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado.
Modelo 349: se requiere una plantilla trimestral si está realizando operaciones intracomunitarias.
Modelo 309: menos común para la declaración de IVA, las entidades y empresas que se beneficien de un régimen fiscal especial para este impuesto deberán presentarlo.
Modelo 131 o 130 según tipo de impuesto: impuesto sobre la renta personal fraccionado.
No todo el mundo está obligado a enviar cada uno de estos documentos. Según tu actividad, el tipo de renta y el régimen fiscal en el que te encuentres, tus obligaciones administrativas serán distintas.
Nuestro equipo se encargará de todo el proceso, sin que tú tengas que hacer nada más que aportar la documentación solicitada. Ven a visitarnos y forma parte de nuestro equipo.