Algunas novedades fiscales

Aunque se han hecho de rogar, los Presupuestos Generales del Estado para 2017 ya están aquí y vienen con algunas novedades fiscales que pasamos a comentar.

novedades-fiscales

Según la Ley 3/2017 de 27 de Junio se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aplican las siguientes medidas que serán efectivas en breves días.

  • Reducción del tipo impositivo aplicable a las monturas por gafas graduadas del 21% al 10%. Se equiparan a las gafas, lentillas de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento.
  • Reducción del tipo impositivo en la compra de entradas para teatro, musicales o conciertos. Con el fin de promover el acceso y difusión de la cultura, se reduce el tipo impositivo a los espectáculos culturales en vivo, tributando al 10% frente al 21% actual.
  • Reducción del tipo impositivo de las consumiciones en discotecas, salas de fiesta o locales de ocio nocturnos pasando del 21% al 10%.

Tributarán al 10%

  • Los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario → Sin exceptuar, como hasta ahora, los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos(Art. 60 ).
  • La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo (Art. 60 ).
  •  Las gafas, monturas para gafas graduadas, lentes de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento (Art. 61 ).
  • Se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1%. Nueva escala: (Art. 62  ).

Impuestos especiales

  • Impuesto sobre Hidrocarburos. Se reduce el importe de las cuotas a devolver por el gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería, al objeto de adecuar la normativa interna al Derecho de la Unión Europea. Art. 63. En este sentido, «el importe de las cuotas a devolver será igual al resultado de aplicar el tipo de 63,71 euros por 1.000 litros sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura durante el período indicado, expresado en miles de litros.»
  • Impuesto sobre sociedades. Se introducen modificaciones en el Art. 36Ley 27/2014, de 27 de noviembre en cuanto a la Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.Deducción para las Inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada:
    – Se incrementa la deducción del 20% al 25% respecto del primer millón de base de la deducción.
    – Se incrementa la deducción del 18% al 20% sobre el exceso de dicho importe.Deducción para los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada: Se incrementa la deducción del 15% al 20%.

 

Se necesitas ayuda sobre esta información puedes ponerte en contacto con nuestros profesionales a través de nuestro teléfono de contacto 986 872 070