Programa Bono Autónomo 2021

El DOG publica las bases reguladoras del Programa Bono Autónomo 2022 para incentivar el emprendimiento de las personas autónomas como base para generar riqueza e integrarse en el mercado laboral.

Existirán dos líneas de actuación.

Línea 1. Mejora de la competitividad a través de los siguientes servicios:

  • Investigación de mercardo.
  • Plan de marketing.
  • Plan de comunicación de negocio.
  • Plan de crecimiento: constitución de sociedad.
  • Plan de reorientación del negocio.
  • Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio.
  • Plan de refinanciación.

Línea 2. Mejora de la competitivad a través de las siguientes inversiones:

  • Compra de maquinaria
  • Compra de utillaje y herramientas
  • Reforma del local del negocio
  • Equipos informáticos
  • Rótulos
  • Aplicaciones informáticas y páginas web
  • Creación logotipo del negocio

 

Bono de autónomos asesoria aepo

Son beneficiarias de esta subvención las personas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido, en la declaración referida al año 2020.

Este año también serán beneficiarias las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:

    • Que tengan una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.
    • Que la empresa tenga una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido, en la declaración referida al año 2020.
    • Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración referida al año 2019 realizada inferior a 30.000 € (según la casilla 552 del impuesto de sociedades).

En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, este importe de 30.000 € se referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF de la suma de todos los miembros de la sociedad o comunidad de bienes.

Excluidas: Personas que hubiesen cobrado esta ayuda en alguna de las anteriores convocatorias.

La cuantía de la subvención es de un 80% de la actividad a subvencionar, con un máximo de 3000 € de ayuda por el conjunto de actividades subvencionables.

Plazo de Solicitudes hasta el12 de Agosto de 2021 en concurrencia no competitiva (por orden de entrada).

Para más información contactar con el departamento de subvenciones de Aepo Poio. (info@asesoriaaepo.com)