Ingreso Mínimo Vital
La solicitud del ingreso mínimo vital se puede hacer a través del portal de la Seguridad Social a partir del 15 de Junio de 2020.
Las rentas percibidas y el patrimonio, determinarán si se tiene o no derecho al ingreso mínimo vital. Hay unas tablas publicadas en el Real Decreto 20/2020 donde se indican los ingresos y los límites de patrimonio en 2019 para acceder a la ayuda en 2020. La vivienda habitual no se computa para el cálculo del patrimonio.
El importe mínimo que tiene que tener un hogar unipersonal será de 5.538,00 € anuales. Si un hogar tiene menos ingresos, entonces tendrá derecho a percibir el ingreso mínimo vital. Se establece un baremo en función de la tipología de los hogares para determinar su cuantía.
Qué es el ingreso mínimo vital
Se trata de una prestación no contributiva de carácter subjetivo e intransferible para aquellos hogares que se encuentren en situación de pobreza severa.
Los beneficiarios serán la unidad de convivencia y habrá un titular del derecho. La unidad de convivencia estará formada por las personas que vivan juntas, unidas por vínculo familiar o como pareja de hecho hasta el segundo grado de consanguinidad.
Con el ingreso mínimo vital el estado pretende complementar los ingresos para garantizar que todas las unidades de convivencia (familias) lleguen a un mínimo que está establecido para un hogar unipersonal en 5.538,00 € al año.
Puedes echarle un vistazo a todas las medidas que vayan surgiendo durante todo el estado de alarma en España a través de nuestra página sobre las Medidas económicas frente al coronavirus que hemos ido actualizado durante todos estos meses.