¿Qué es el Kit Digital?
El kit digital es una iniciativa del Gobierno de España para ayudar a las digitalización de pequeñas empresas.
Estas ayudas consisten en la concesión de un Bono Digital que identificará la cuantía económica concedida al beneficiario para utilizarlo en las siguientes soluciones digitales a través de la cesión, parcial o total, del derecho de cobro a los Agentes Digitalizadores adheridos:
- Presencia en Internet y sitio web: Creación de una página web para la Pyme y/o prestación de servicios para dar visibilidad a la misma en los principales sitios de Internet. Hasta 2000,00€.
- Comercio electrónico: Creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio. Hasta 2000,00€.
- Gestión de redes sociales: Promocionar la Pyme en redes sociales. Hasta 2500,00€.
- Gestión de clientes y/o proveedores: Digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes. Hasta 4.000,00€.
- Business Intelligence y analítica. Explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones. Hasta 4.000,00€.
- Gestión de procesos: Digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme. Hasta 6.000,00€
- Factura Electrónica. Digitalizar el flujo de emisión de facturas entre la Pyme y sus clientes. Hasta 1.000,00€.
- Servicios y herramientas de oficina virtual: Implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme. 250,00€/por usuario hasta un máximo de 48 usuarios.
- Comunicaciones seguras: Proporcionar a las pmes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa. 125,00€/usuario máximo 48 usuarios.
- Ciberseguridad: Proporcionar a las pyme seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados. 125,00€ por dispositivo hasta 48 dispositivos.
Serán beneficiarios del Kit Digital las empresas entre 10 y 49 trabajadores que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales retenedores de la AEAT o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral y deberán reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a fecha de la solicitud de ayuda con una antigüedad mínima de 6 meses.
El inicio de plazo de solicitudes comienza el 15 de Marzo a las 11:00 horas y finaliza el 15 de Septiembre de 2022 a las 11:00 horas o hasta agotamiento de fondos.
El importe máximo de ayuda será de 12.000€